Juan Darthés fue absuelto en el juicio por abuso sexual iniciado por Thelma Fardín: los detalles del fallo

Se conocieron los detalles del fallo que dejó en libertad al actor denunciado hace unos años por abuso sexual. En la mañana de este sábado, la Justicia de Nicaragua absolvió de los cargos expuestos por Thelma Fardín.

Farandula 14-05-2023 00:43:32

Después de una larga investigación y un juicio que ha durado más de dos años, la Justicia de Nicaragua ha absuelto a Juan Darthés de los cargos en su contra.

 

Según el fallo, no se pudo demostrar la culpabilidad del actor debido a las contradicciones en los testimonios de Thelma Fardín y de otros testigos.

 

De acuerdo con lo que señala el Ministerio Público Fiscal, seis especialistas en la materia evaluaron a Thelma y corroboraron que el retraso en la denuncia y la falta de memoria acerca de la penetración se deben a la disociación causada por el trauma que le provocó el abuso sexual.

 

“Después de analizar toda la prueba adjunta al expediente, entiendo que no fue posible probar, con la seguridad necesaria capaz de generar un juicio condenatorio, la ocurrencia de la conjunción carnal”, dice la sentencia firmada por el juez federal suplente Fernando Toledo Carneiro.

 

“La versión de la víctima no fue consecuente en cuanto a las relaciones carnales, ya que durante más de nueve años este hecho fue omitido en las pocas denuncias que hacía a personas de su confianza”, confirmó.

 

Agregando: “La conjunción carnal no fue narrada ni siquiera al día siguiente de los hechos. De esta manera, los testigos escuchados en la corte realmente corroboran gran parte del testimonio de la víctima.”

 

“Es posible notar que Thelma narró diferentes partes de lo sucedido a algunas personas cercanas a ella”, continuó.

 

Los detalles del fallo que absolvió a Juan Darthes

Se conocieron los detalles del fallo que absolvió a Juan Darthes de los cargos presentados por Thelma Fardin por abuso sexual:

“La versión presentada en el expediente demuestra que la víctima siempre tuvo muy claro, desde el primer momento, que Darthés la había besado, practicado sexo oral e introducido los dedos en su vagina, pero, según los informes presentados, tardó mucho tiempo hasta que se dio cuenta de que la había penetrado con su miembro”, dice un fragmento del documento.

 

El fenómeno denominado disociación psíquica fue el argumento más fuerte que llevó a la conclusión.

 

“Un mecanismo de defensa del propio cuerpo, en el que la víctima borra de su memoria el hecho traumático para poder continuar con su vida, sin dejar, sin embargo, de sufrir el sufrimiento físico y consecuencias psicológicas provocadas por la represión de estos sentimientos”, señaló.

 

Y agregó: “Este fenómeno es aún más frecuente en víctimas de delitos sexuales, dado que sentimientos como la culpa, el miedo y la vergüenza dificultan enormemente la exteriorización de los hechos”.

 

Por otro lado, por los testimonios que dieron otras mujeres, el juez explicó que si bien esto “reforzaría el informe presentado por la víctima” no puede olvidar que se está juzgando un caso concreto sobre un delito específico.

 

“A la vista de todo lo expuesto, se concluye que existe duda sobre la ocurrencia o no de la conjunción carnal, esencial para la configuración del delito descrito en el art. 213 del Código Penal, con redacción dada en la época de los hechos, según se describe en la denuncia”, siguió.

 

“Y la duda, en este caso, se resuelve a favor del imputado, siendo la absolución la medida que se impone”, concluye el juez federal suplente Fernando Toledo Carneiro.

 

 

Diario22.ar con información de Radio Mitre


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